A partir de febrero, se reducirá la tasa de financiación para las micro, pequeñas y medianas empresas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso, a través de la Resolución General N° 5481/2024, la rebaja de la tasa de financiación de los planes de facilidades de pago permanentes de micro, pequeñas y medianas empresas.
De acuerdo a la normativa publicada en el Boletín Oficial, a partir del 1° de febrero, las tasas serán de 7,63% para micro y pequeñas empresas y 9,16% para las medianas.
La medida se implementa con el objetivo de fortalecer el estímulo al trabajo de estas empresas.
Post. 29-2-24
Las personas jurídicas, a los fines de utilizar los servicios informáticos habilitados, deberán hacerlo a través de la clave fiscal de su representante legal. Para esto el representante legal deberá:
Dirigirse a una dependencia de AFIP para tramitar el “Administrador de Relaciones”, a fin de que el representante legal quede habilitado para actuar en representación de la persona jurídica.
A su vez, podrá autorizar a un tercero para presentar la documentación en la dependencia, quien deberá encontrarse autorizado para tal fin mediante el formulario 3283.
Los representantes legales de una persona jurídica deberán realizar el trámite a través del servicio con clave fiscal “Presentaciones digitales”, opción “Vinculación de clave fiscal para personas jurídicas”.
Es muy importante que las copias de la documentación respaldatoria de las presentaciones que se realicen estén certificadas por escribano público, entidad bancaria, juez de paz o autoridad policial.
Cuando la representación legal de la persona jurídica sea plural, se tendrá que designar a uno de los representantes legales a efectos que utilice los servicios habilitados. Para ello se deberá presentar una nota en la que se exprese la voluntad de designación, que deberá contener la firma certificada por escribano, entidad bancaria o juez de paz, excepto cuando fuera suscripta ante un funcionario de la dependencia de este Organismo en la que se efectúa la presentación, en cuyo caso, este actuará como autoridad certificante.
Post. 29-2-24
Hay 3 formas de OBTENER la CLAVE FISCAL de AFIP:
Podrás obtener la clave mediante la app “Mi AFIP”, ingresando a la opción "Solicitar o recuperar clave fiscal". Vas a necesitar un dispositivo móvil con cámara frontal y acceso a internet, contar con DNI argentino en formato tarjeta y ser mayor de edad. En el proceso, deberás escanear el código de barras de tu DNI y efectuar gestos para que podamos verificar tu identidad.
Además, solicitando o recuperando tu clave de esta forma no necesitás registrar tus datos biométricos.
Mediante este mecanismo obtendrás el nivel 3 de seguridad, que te permite inscribirte en impuestos, presentar planes de pago, facturar, presentar declaraciones juradas, conocer tus aportes, registrar al personal de casas particulares, cargar deducciones en el SiRADIG, presentar un telegrama laboral y designar a otros usuarios para que utilicen los servicios con clave fiscal actuando en tu nombre ante la AFIP, entre otros trámites.
Ingresá el usuario y clave en la página web de tu entidad bancaria y seleccioná la opción "Servicios AFIP". El sistema generará una autenticación para que puedas operar con algunos sistemas de AFIP sin tener que obtener una clave fiscal.
Este mecanismo otorga el nivel de seguridad 2 que te permite presentar declaraciones juradas y pagos, conocer tus aportes, registrar al personal de casas particulares, cargar deducciones en el SiRADIG, presentar un telegrama laboral, solicitar la devolución de las percepciones por compras en moneda extranjera, entre otros trámites.
Para obtener la clave fiscal es necesario solicitar previamente un turno web. Si tenés CUIT, deberás presentarte en la dependencia que corresponde según tu domicilio.
El día de turno, tendrás que presentar un formulario 206 - Multinota donde manifiestes tu voluntad de solicitar la clave fiscal y acreditar tu identidad mediante la presentación de los documentos que, en cada caso, se indican a continuación:
Argentinos nativos o naturalizados: original y fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) vigente (frente y dorso).
Extranjeros: original y fotocopia del documento de identidad del país de origen, pasaporte o cédula del MERCOSUR (de tratarse de un país limítrofe).
Extranjeros con residencia en el país (incluida la temporaria o transitoria) que no posean documento nacional de identidad: original y fotocopia de la cédula de identidad, certificado o comprobante que acredite el número de expediente asignado por la Dirección Nacional de Migraciones, donde conste el carácter de su residencia.
Este mecanismo otorga nivel de seguridad 3 y permite inscribirte en impuestos, presentar planes de pago, facturar, presentar declaraciones juradas, conocer tus aportes, registrar al personal de casas particulares, cargar deducciones en el SiRADIG, presentar un telegrama laboral y designar a otros usuarios para que utilicen los servicios con clave fiscal actuando en tu nombre ante la AFIP, entre otros trámites.
Hay 3 formas de RECUPERAR la CLAVE FISCAL de AFIP:
Podrás recuperar la clave mediante la app “Mi AFIP”, ingresando a la opción "Solicitar o recuperar clave fiscal"
Además, solicitando o recuperando tu clave de esta forma no necesitás registrar tus datos biométricos.
Mediante este mecanismo obtendrás el nivel 3 de seguridad, que te permite inscribirte en impuestos, presentar planes de pago, facturar, presentar declaraciones juradas, conocer tus aportes, registrar al personal de casas particulares, cargar deducciones en el SiRADIG, presentar un telegrama laboral y designar a otros usuarios para que utilicen los servicios con clave fiscal actuando en tu nombre ante la AFIP, entre otros trámites.
En un cajero automático habilitado, colocá tu tarjeta de débito y el PIN que utilizás habitualmente. Seleccioná la opción “Gestión de claves”, luego “Gestión otras claves”. Finalmente, elegí la opción de AFIP y una clave numérica. Este mecanismo, te asignará el nivel 3 de seguridad sin necesidad de haberlo tenido de forma previa al recupero.
Cuando hayas generado la clave numérica, deberás ingresar a la página web de AFIP y modificar la clave obtenida en el cajero por una alfanumérica.
Ingresá el usuario y clave en la página web de tu entidad bancaria y seleccioná la opción "Servicios AFIP". El sistema generará una autenticación para que puedas operar con algunos sistemas de AFIP sin tener que obtener una clave fiscal.
Este mecanismo otorga el nivel de seguridad 2 que te permite presentar declaraciones juradas y pagos, conocer tus aportes, registrar al personal de casas particulares, cargar deducciones en el SiRADIG, presentar un telegrama laboral, solicitar la devolución del impuesto PAIS, entre otros trámites.
Para recuperar la clave fiscal es necesario solicitar previamente un turno web. Si tenés CUIT, deberás presentarte en la dependencia que corresponde según tu domicilio.
Post 29-2-24
Se actualizaron los umbrales en base al incremento del índice de precios del sector automotor (IPSA), con vigencia desde el 12-1-24.
Estos umbrales se aplican a la Dirección Nacional de Registros de la Propiedad Automotor (DNRPA),a los Registros seccionales de propiedad automotor Resolución UIF 127/2012, así como a las personas físicas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de automotores (Resolución UIF 489/2013) y a las sociedades de capitalización, de ahorro, de ahorro y préstamo, de economía, de constitución de capitales u otra determinación similar o equivalente, que requieran bajo cualquier forma dinero o valores al público con la promesa de adjudicación o entrega de bienes, prestaciones de servicios o beneficios futuros, comprendidas en el artículo 9° de la Ley 22.315 y sus modificatorias. Resolución UIF 169/2023
De acuerdo al mecanismo establecido en la norma y en virtud del informe emitido por el Sistema de Información Online del Mercado Automotor de la República Argentina (SIOMAA) respecto al Índice de Precios del Sector Automotor (IPSA) que se encuentra publicado en la página web de ACARA se actualizan los umbrales con vigencia a partir del 12 de enero de 2024, según se detalla en las siguientes tablas:
Automotores (Resolución UIF 127/2012 y Resolución UIF 489/2013
Descripción Umbral nuevo Umbral anterior
Perfil Cliente. Automotores (Resol. 127/2012 art. 16) $ 26.036.545 $ 12.031.145
Expedición de cédulas azules (Resol. 127/2012 art. 26) $ 10.125.967 $ 4.679.076
Cesión y/o reinscripción y/o cancelación anticipada de prendas (Resol. 127/2012 art. 26) $ 12.802.953 $ 5.916.076
Adquisición automotores (Resol. 127/2012 art. 26) $ 11.522.654 $ 5.324.467
Compraventa de automotores. Perfil de cliente (Resol. 489/2013 art. 11 inc. b) $ 26.036.545 $ 12.031.145
Post. 16/01/2023
En el caso de las transferencias realizadas o recibidas por las billeteras virtuales, bancos o cualquier plataforma financiera que alcancen o superen los $ 400 mil, deberán ser reportadas a AFIP (antes la cantidad era de $ 200 mil por operación).
También tienen la responsabilidad de reportar movimientos con los siguientes montos específicos:
Ingresos o egresos totales durante el período de informe: igual o superior a $ 120 mil.
Saldos, al último día hábil del mes informado, iguales o mayores a $ 200 mil.
Transferencias virtuales o bancarias: como ya mencionamos, las que sean iguales o superen los $ 400 mil por transacción.
Este sistema de supervisión está hecho para garantizar la congruencia entre las ganancias declaradas por los contribuyentes y las transacciones efectivamente realizadas.
La Afip utiliza esta información para fiscalizar las actividades de los usuarios y prevenir discrepancias en las presentaciones fiscales.
En caso de que el contribuyente exceda los montos, el titular de la cuenta podría ser contactado para solicitar la presentación de documentos que respalden los fondos. A saber:
Facturas emitidas en los últimos seis meses.
Comprobantes de cobros jubilatorios.
Recibos de sueldo.
Certificados de ingresos emitidos por contadores públicos.
entre otros
Post. 04/01/2023
Categoría A: pasará a $2.108.288,22 anual. Cuota: $ 12.128,39
Categoría B: pasará a $3.133.941,71 anual. Cuota: $ 13.571,75
Categoría C: pasará a $4.387.518,35 anual. Cuota: $ 15.241,42
Categoría D: pasará a $5.449.094,70 anual. Cuota: $ 19.066,46
Categoría E: pasará a $6.416.528,89 anual. Cuota: $ 24.526,43
Categorías F: pasará a $8.020.661,11 anual. Cuota: $ 29.223,11
Categoría G: pasará a $9.624.793,31 anual. Cuota: $ 33.439,61
Categoría H: pasará a $11.916.410,77 anual. Cuota: $ 56.402,68
Categoría I: pasará a $13.337.213,57 anual. Cuota: $ 81.121,96
Categoría J: pasará a $15.285.088,45 anual. Cuota: $ 93619,47
Categoría K: pasará a $16.957.969,16 anual. Cuota: $ 106,964,65
Post. 28/12/2023
Para el período fiscal 2024 resulta de aplicación el impuesto cedular sobre los mayores ingresos (sueldos).
Asimismo, no podemos olvidar que más allá de la forma especial de tributación cedularizada lo cierto es que por su naturaleza jurídica se trata de rentas de cuarta categoría. Y al ser ello así, el criterio de imputación es sin lugar a dudas el percibido.
Por lo tanto el sueldo o la remuneración de cualquier mes del 2023 que se cobre en el 2024, quedarán alcanzados por el nuevo impuesto cedular.
Post. 24/11/2023
Para las obligaciones negociables argentinas, tanto el rendimiento, la compraventa y la amortización se encuentran exentos.
El saldo al 31/12 se encuentra:
Gravado: para las obligaciones negociables emitidas en moneda extranjera.
Exento: para las obligaciones negociables emitidas en moneda nacional para el impuesto sobre los bienes personales.
Post. 16/11/2023
Binance: ¿Que datos van a para a la Afip?.
Binance es el exchange mas popular del mundo, con presencia en 45 paises. La mayoría de las personas creen que las operaciones en dicha plataforma están eximidas del control tributario local.
Todo lo contrario; en Argentina, Binance se asoció con el proveedor de servicios de pagos Agil Pagos, lo que implica la obligación de reportar los movimientos a la Afip.
En caso de que un exchange tenga una rampa fiat local, por ejemplo un proveedor de servicio de pago (PSP), esta empresa (el PSP) debe informar a la AFIP en forma mensual según la RG 4614/2019.
La información mensual sobre los ingresos, egresos y saldos de las cuentas de los usuarios deberá ser suministrada siempre y cuando:
Se hubieran registrado en el período a informar, ingresos o egresos totales iguales o superiores a $ 120.000.
Los saldos al último día hábil del período mensual informado, resulten iguales o superiores en el mes (en valores absolutos) a $ 200.000.